viernes, 30 de julio de 2010

El derecho humano al agua o el agua lucro.

A dos días de resolución histórica de la ONU.

 

El  derecho humano al agua o el  agua lucro.

 

Carlos  Franco Pacheco-Lima (*)

 

UNICEF señala que cada día, 24.000 niños mueren en los países en desarrollo por causas que se pueden prevenir como la diarrea producto de agua contaminada. Esto significa que muere un niño cada tres segundos.

 

La noción de derecho  humano busca restringir el abuso que se pueda hacer  desde el poder a través   de las autoridades policiales, militares o quien fuera  traducido, decirle al  Estado que el no puede  hacer. Igualmente,  más  allá de abstenerse, es lo que tiene que hacer para promover y garantizar  que el derecho humano se pueda cumplir lo que en  jurisprudencia   constante de la Corte  Interamericana de  Derechos  Humanos se denomina “El deber  de garantizar” y ese  deber de garantizar implica que el  Estado tiene el deber  de  organizar todo  su aparato estatal   y de orientar  su política   en función   de esas obligaciones  internacionales contenidas en la  Convención  Americana sobre  Derechos  Humanos.

 

La  Convención  Americana y la  Corte Interamericana tienen un mensaje muy claro, contundente  y fácil  de expresar el estado del derecho humano al agua, y por ello  es  necesario un sistema  de administración del  agua eficiente que aplique esos  estándares y que sea  accesible, no consiste solo en  dar más  recursos  presupuestarios.

 

La resolución histórica de la  Asamblea  General  de Naciones Unidas, aprobada el  28 de  Julio, en su  sexagésimo cuarto periodo de sesiones, reconoce  al agua potable y al saneamiento básico  como derecho  humano básico para el disfrute   de la  vida y de todos los derechos  humanos. La  resolución-dice Pablo Solon- fue adoptada a iniciativa de Bolivia, tras 15 años de debates, con el voto favorable de 122 países y 44 abstenciones. La  Asamblea de Naciones Unidas se mostró “profundamente preocupada porque  aproximadamente 884 millones de personas carecen de acceso al agua  potable y más de 2.600 millones de personas no tienen acceso al  saneamiento básico, y alarmada porque cada año fallecen aproximadamente  1,5 millones de niños menores de 5 años y se pierden 443 millones de  días lectivos a consecuencia de enfermedades relacionadas con el agua y  el saneamiento”.

 

La adopción de esta resolución estuvo precedida de una activa campaña  liderada por el presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, Evo   Morales Ayma. La  intervención de Pablo Solón,  representante Permanente del Estado Plurinacional de Bolivia, en la Asamblea General de Naciones Unidas, fue decisiva. Pablo  Solon mencionó “Un 75% de nuestro  cerebro está constituido por agua, y el agua es el principal vehículo de  las transmisiones electroquímicas de nuestro organismo. Nuestra sangre circula como un enjambre de ríos en nuestro cuerpo. El  agua en la sangre ayuda a transportar nutrientes y energía a nuestro  organismo. El agua también aleja de nuestras células los productos de  desecho para su excreción. El agua ayuda a regular la temperatura de  nuestro cuerpo. La pérdida de un 20% de agua del cuerpo puede causar la muerte. Es  posible sobrevivir varias semanas sin alimento pero no es posible  sobrevivir más de algunos días sin agua.”

 

El “derecho humano al agua” ha seguido sin ser reconocido  plenamente aunque existen claras referencias en varios instrumentos  internacionales como: la Convención sobre la Eliminación de todas las  Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre la Eliminación de   todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención sobre  los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas  con Discapacidad.

 

El  argumento  que presentaron los copatrocinadores para que se reconozca el derecho humano al agua  tuvo que  ver con las enfermedades provocadas por falta de agua potable y  saneamiento provocan más muertes que cualquiera de las guerras. Se uso el  dato que cada año más de 3 millones y medio de personas mueren por enfermedades  transmitidas por agua contaminada. Así, se  mencionó que la diarrea es la segunda causa más importante de muertes de niños por  debajo de los 5 años. La falta de acceso a agua potable mata más niños  que el SIDA, la malaria y la viruela juntos. Asimismo, aproximadamente una de cada 8 personas no tiene agua  potable, y  que, en solo un día más de 200 millones de horas del tiempo de las mujeres se consumen para recolectar y transportar agua para sus hogares.


Iguales razones los patrocinadores soslayaron que la situación de la falta de saneamiento es aún mucho peor porque afecta, a 2, 600 millones de personas que equivalen a un 40% de la población mundial. Un argumento básico para la  argumentación del  saneamiento como derecho humano  fue el Informe de la Experta Independiente sobre agua y saneamiento Catalina de Alburqueque.

 

Así, la  resolución histórica viene a llenar un vació y expresan una construcción colectiva.Por ejemplo el derecho humano  al agua  y al saneamiento no aparecen en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional sobre  Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en otros instrumentos internacionales tales como la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Por tanto, el agua potable y el saneamiento no son solamente elementos o componentes principales de otros derechos como “el derecho a un nivel de vida adecuado”.

 

La  resolución alienta a la  realización del derecho humano al agua  potable y al saneamiento, y el efecto de éstas en la consecución de los  Objetivos de Desarrollo del Milenio, la Convención Internacional sobre  derechos sobre cursos de  agua y la  ratificación del  protocolo  facultativo  del  Pacto  Internacional de los  Derechos  Económicos, sociales y culturales.

 

La resolución en si misma es un  replanteamiento del sobreconsumo del mundo desarrollado. Que una parte del planeta consuma  20 veces  mas que la otra, y que un ciudadano de EEUU utilice  600  litros  diarios  promedio cuando  debería usar 50, mientras  en el África no llegan a 20 litros, no parece ser  ningún problema.  Es  un reconocimiento de que lo se  trata  es el derecho de las  gentes y una obligación  estatal de proveerlo. Ahora, que se favorece la subida  de tarifas  hasta lograr  que se establezcan cotizaciones internacionales,  desarrollar   exportación de agua, sistemas de transportabilidad  internacional  del producto (tuberías transfronterizas, contenedores, buques cisternas, etc). La transición  del derecho  al negocio tiene extraordinarias  consecuencias que no siempre se perciben a la primera vista.

 

En el caso del agua, Raúl Wiener(2005) señala que las IFIS  han sido inflexibles en su receta  básica: transferir los servicios  a gestores privados, aproximar  las tarifas  a  niveles  internacionales, impulsar  el mercado mundial de este producto.  Pocos  han estado al tanto que mientras  se hace esta promoción desenfadada en todos los países, el porcentaje  actual de aguas privatizadas en el mundo llega   a no más  del 5%, las empresas  compradoras  de magnitud  no alcanzan  la decena(las mas conocidas son la Suez, Vivendi,Betchel, RWE-Thames, Nestle, Coca Cola, Biwater,etc) y el  numero directamente  fracasadas   es mucho más alto que el  se registra en otros  sectores en proceso de privatización.

 

La Declaración  Conjunta de los  Movimientos  en defensa del Agua del I Foro  Internacional del Agua(2006) definió que “el agua  en todas sus formas es un bien  comun y su acceso  es un derecho humano fundamental  e inalienable. El agua  es un patrimonio  de las comunidades, de los pueblos y de la  humanidad, principio constitutivo de la  vida  de  nuestro planeta. El agua  no es mercancía. Por eso  rechazamos todas las formas de privatización, inclusive la asociación publica-privada que han mostrado su fracaso en todo el planeta”.

 

Y se me ocurre una pregunta.¿Porque no garantizar  acceso a una cantidad mínima a  toda persona?. No  debemos esperar  una  interpretación internacional para ingresar a entender que el derecho al  agua es un derecho a la  sobrevivencia, es el agua vida. Si eso es así, que  el  Estado garantice deberes  de  organizar todo  su aparato estatal   y de orientar  su política   en función   de dotar  de una cantidad  mínima de  acceso gratuito  de agua potable.  Una cantidad que permita que sobrevivan las  gentes.

 

La  cantidad promedio  de agua que una persona  necesita cada día  para  mantenerse sana es  50 litros  de  agua diaria por persona. Pero muchas personas  se ven forzadas  a conformarse con mucho menos. Otras necesidades, como saneamiento, riego y dar de beber al ganado, con frecuencia requieren  mucha más agua que la que  se necesita para beber, cocinar y lavar.

 

¿Qué dice la Observación 15?. La Observación 15  define que el costo del agua debe pagarse a precios adecuados. Considero que  se  debe  diferenciar el agua vida  de agua ciudadanía. Así logramos, castigar el sobreconsumo  de agua. El  acceso gratuito  es un  derecho humano  y colectivo. Es  una  reconsideración de la  Observación N° 15.

 

 

(*)Carlos Franco Pacheco

Comunicador Ambientalista

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